Artículo 56. Concepto del Presupuesto.
Artículo 56 de la Ley 8/1997, de 23 de diciembre, por la que se aprueban medidas en materia tributaria, presupuestaria, de empresas de la Junta de Andalucía y otras entidades, de recaudación, de contratación, de función pública y de fianzas de arrendamientos y suministros. · BOE-A-1998-2572
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-01.
Texto consolidado
Se modifica el artículo 30 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 30.
El Presupuesto de la Comunidad Autónoma constituye la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Junta y sus organismos e instituciones y de los derechos que se prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio, así como de las estimaciones de gastos e ingresos a realizar por las empresas de la Junta de Andalucía.»
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