El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 56. Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha.

Artículo 56 de la Ley 7/2014, de 13 de noviembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-1626

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-02.

Texto consolidado

1. El Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha, en el marco de su programa de responsabilidad social corporativa, abordará las necesidades de las personas con discapacidad de cara a contribuir a la sensibilización social y garantía de sus derechos.

2. El Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha, en el ejercicio de su función de servicio público, fomentará en su programación los siguientes objetivos:

a) Reflejar de forma adecuada la presencia de las personas con discapacidad en los diversos ámbitos.

b) Utilizar un lenguaje no discriminatorio.

c) Adoptar códigos de conducta tendentes a transmitir el principio de igualdad de oportunidades y no discriminación.

d) Colaborar con las campañas institucionales dirigidas a fomentar la igualdad de oportunidades y no discriminación.

e) La difusión al menos una vez por semana de un programa informativo en el que se utilice el lenguaje de signos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-01-02.

Más artículos de Ley 7/2014

En El Vínculo puedes leer Ley 7/2014 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.