Artículo 56. Administraciones locales.
Artículo 56 de la Ley 4/2019, de 21 de febrero, de sostenibilidad energética de la Comunidad Autónoma Vasca. · BOE-A-2019-3705
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-01.
Texto consolidado
Las administraciones locales y forales deberán informar al departamento competente en materia de energía del Gobierno Vasco en relación con el desarrollo de sus planes de acción de energía sostenible, en los términos que se establezcan en la normativa aplicable.