Artículo 56. Gestión y afectación.
Artículo 56 de la Ley 4/2006, de 31 de marzo, Ferroviaria. · BOE-A-2006-8213
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-07-10.
Texto consolidado
La gestión y la afectación de las tasas se rigen por lo establecido por el artículo 53 respecto a las tasas para el otorgamiento de autorizaciones.