Artículo 56. Formación del personal empleado público en materias de interés europeo e internacional.
Artículo 56 de la Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la cooperación para el desarrollo de Galicia. · BOE-A-2021-5211
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-04.
Texto consolidado
1. La Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP) dará audiencia al órgano de dirección de la Administración autonómica responsable de velar por el cumplimiento y ejecución de la Estrategia gallega de acción exterior (Egaex), para prever las necesidades formativas del personal empleado público al que pueda dirigirse la actividad formativa de la EGAP en lo que ataña al desarrollo y aplicación de la presente ley y a la ejecución de la Egaex. Dicha audiencia podrá articularse a través de una comisión mixta de seguimiento de composición paritaria.
2. Sin perjuicio de lo anterior, se promoverá la cooperación con las universidades gallegas y otros centros universitarios y especializados, preferentemente de titularidad pública, tanto españoles como europeos o de terceros estados no miembros de la Unión Europea.
3. Corresponde a la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud, previa audiencia al órgano de dirección de la Administración autonómica responsable de velar por el cumplimiento y ejecución de la Egaex, prever las necesidades formativas del personal del Sistema público de salud de Galicia en materias relacionadas con el desarrollo y aplicación de la presente ley y con la ejecución de la Egaex.
Más artículos de Ley 10/2021
- ← Artículo 55. Desplazamiento al exterior de equipos de protección civil o emergencias financiados con recursos público…
- → Artículo 57. Consideración del entorno europeo e internacional en la planificación económica.
- Ver la norma completa: Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la cooperación para el desarrollo de Galicia.