Artículo 55. Medios materiales y personales.
Artículo 55 del Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2026-5715
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-13.
Texto consolidado
1. Los departamentos deberán tener a su disposición la dotación de los medios materiales y el personal, tanto docente como administrativo, que sea necesaria para desempeñar correctamente las funciones que tengan asignadas.
2. Sin perjuicio de las competencias de supervisión y coordinación que corresponden a las facultades y escuelas en cuyos edificios tienen sus dependencias, serán considerados bienes adscritos a los departamentos las infraestructuras y medios que les hayan sido asignados por el Consejo de Gobierno para el desempeño de sus actividades.