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Ley Vigente

Artículo 55. Promoción de la formación profesional.

Artículo 55 de la Ley 5/2017, de 10 de febrero, de pesca marítima y acuicultura de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2017-2424

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-05.

Texto consolidado

1. La Generalitat promoverá la capacitación y reciclaje profesional de los pescadores, así como la preparación de jóvenes y personas desempleadas de cualquier edad que pretendan incorporarse a las actividades pesqueras

2. Con dicho objeto deberán realizarse las actuaciones administrativas siguientes:

a) La planificación y programación de las acciones formativas prioritarias para el sector pesquero.

b) La realización de las actividades formativas, en coordinación y colaboración con otras instituciones públicas y privadas.

c) La obtención de recursos económicos y su aportación para el fomento de las enseñanzas náutico-pesqueras.

d) La elaboración de estudios al objeto de evaluar las necesidades formativas y de reciclaje profesional en el ámbito marítimo-pesquero.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-03-05.

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