Artículo 55. Promoción de actividades culturales.
Artículo 55 de la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de educación de Extremadura. · BOE-A-2011-5297
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-09.
Texto consolidado
Los centros educativos promoverán la realización de actividades de carácter cultural a fin de facilitar las relaciones entre familias y centros, así como favorecer el enriquecimiento formativo de todos los miembros de la comunidad educativa.