El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 55. Naturaleza.

Artículo 55 de la Ley 3/2025, de 30 de junio, de Políticas de Juventud de Cantabria. · BOE-A-2025-14604

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

Texto consolidado

1. El Consejo de la Juventud de Cantabria es el máximo organismo de representación de las organizaciones juveniles de Cantabria en todos los ámbitos y de interlocución y colaboración en materia de juventud con la Comunidad Autónoma de Cantabria y sus organismos y entidades de derecho público vinculadas o dependientes.

2. El Consejo de la Juventud de Cantabria se relacionará principalmente con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria a través de la Consejería competente en materia de juventud, sin menoscabo de las relaciones que pueda mantener con otros departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria sobre todas aquellas cuestiones que puedan afectar a la población juvenil cántabra.

3. En ningún caso el Consejo de la Juventud de Cantabria podrá realizar actividades que entren dentro de la esfera de actuación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria ni hacer manifiesta competencia a las organizaciones juveniles existentes.

4. El Consejo de la Juventud de Cantabria estará sujeto a su propia normativa respecto a su creación, organización, funcionamiento y competencias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

Más artículos de Ley 3/2025

En El Vínculo puedes leer Ley 3/2025 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.