Artículo 55. Promoción comercial.
Artículo 55 del Decreto-Legislativo 1/2012, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias y reguladora de la licencia comercial. · BOC-j-2012-90002
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-04-26.
Texto consolidado
El Gobierno de Canarias promoverá la actividad comercial a través de la consejería competente en materia de comercio.