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Real Decreto Derogada

Artículo 54. Zonas sensibles

Artículo 54 del Real Decreto 355/2013, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir. · BOE-A-2013-5319

Atención: Real Decreto 355/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Mediante la Resolución de 30 de junio de 2011, de la Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino han sido declaradas como zonas sensibles 13 zonas en total, en aplicación del Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas y el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-ley antes citado, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas.

2. La Tabla T.VIII.12 del apéndice 8 relaciona las trece zonas sensibles de la demarcación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-05-22.

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