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Real Decreto Derogada

Artículo 54. Fase de instrucción.

Artículo 54 del Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales. · BOE-A-2003-21104

Atención: Real Decreto 1373/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Por la actuación del procurador en la fase de instrucción, cualquiera que sea el concepto en el que intervenga ante los Juzgados de Instrucción, percibirá la cantidad de 33,44 euros.

Si la denuncia se archivase o la querella no fuese admitida a trámite, devengará el procurador 11,14 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-11-21.

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