Artículo 54. Investigación y formación.
Artículo 54 de la Ley 4/2015, de 6 de marzo, de atención integral en materia de drogas y bebidas alcohólicas. · BOE-A-2015-4847
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-20.
Texto consolidado
En el marco de la presente ley, la Administración del Principado de Asturias promoverá la actividad investigadora y formativa, en sus vertientes de pregrado, postgrado y formación continuada, de todos los profesionales y agentes sociales implicados en la materia.