Artículo 54. Avales del Instituto Nacional de Hidrocarburos.
Artículo 54 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991. · BOE-A-1990-31180
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-01-01.
Texto consolidado
Se autoriza al Instituto Nacional de Hidrocarburos a prestar avales en el ejercicio de 1991, en relación con las operaciones de crédito que concierten las Sociedades mercantiles en cuyo capital participa, hasta un límite máximo de 15.000 millones de pesetas.