Artículo 54. Fijación del importe.
Artículo 54 de la Ley 3/2021, de 30 de junio, de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales. · BOE-A-2021-13685
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-12.
Texto consolidado
1. La cuantía de la garantía para menores acogidos cubrirá la cantidad necesaria para completar los recursos del menor hasta alcanzar, como mínimo, el importe fijado para el módulo básico del salario social básico.
2. La cuantía se incrementará en el mismo importe que se fije para el complemento vital para personas dependientes o con discapacidad en el caso de que el menor tenga reconocida la situación de dependencia o un grado de discapacidad superior al cuarenta y cinco por ciento.