Artículo 53. Requisitos específicos.
Artículo 53 de la Ley 3/2021, de 30 de junio, de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales. · BOE-A-2021-13685
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-12.
Texto consolidado
1. La familia o persona acogedora ha de llevar a cabo el acogimiento de manera efectiva y cumpliendo los deberes del mismo.
2. La garantía para estos menores estará vinculada a la medida de protección y requiere de la existencia efectiva de convivencia entre la familia acogedora y el menor, sin que sea necesario reunir los requisitos generales previstos en el artículo 7.