Artículo 53. Actuaciones de valoración.
Artículo 53 del Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo. · BOE-A-2006-7264
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-04-25.
Texto consolidado
1. Las actuaciones de valoración realizadas en el curso de un procedimiento de inspección catastral tendrán por objeto el cálculo de los valores catastrales correspondientes a los distintos ejercicios a que se extienda la regularización de la descripción del inmueble, con desglose, en su caso, de los respectivos valores de suelo y de construcción.
2. La determinación del valor catastral del inmueble objeto de las actuaciones inspectoras incluirá la expresión de los elementos esenciales que lo motiven, de conformidad con lo establecido en el artículo 12.3 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
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