Artículo 53. Propuestas y nombramiento.
Artículo 53 del Real Decreto 1674/1980, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Consejo de Estado. · BOE-A-1980-18703
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-09-19.
Texto consolidado
1. Una vez terminada la oposición, el Tribunal publicará la relación de aprobados, no pudiendo en ningún caso rebasar éstos el número de plazas convocadas.
2. Las propuestas del Tribunal serán unipersonales para cada plaza, a favor de quien obtenga para ellas el mayor número de votos.
3. El nombramiento se hará por el Presidente del Consejo de Estado y se publicará, por conducto de la Presidencia del Gobierno, en el «Boletín Oficial del Estado».