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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 52. Plazos y trámites.

Artículo 52 del Real Decreto 1674/1980, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Consejo de Estado. · BOE-A-1980-18703

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-04-27.

Texto consolidado

1. La presentación de las instancias y el pago de los correspondientes derechos, la aprobación y publicación de las listas provisional y definitiva y del orden de actuación, según sorteo público, así como la publicación de la fecha de comienzo de los ejercicios y de los miembros del tribunal, la aportación de los documentos acreditativos de los requisitos y los recursos correspondientes se regirán por las disposiciones generales que regulen el procedimiento administrativo y el ingreso por oposición en la función pública.

2. Anunciado el comienzo del primer ejercicio, el Tribunal señalará el de los restantes, dentro del plazo máximo de veinte días desde la conclusión del anterior, pero podrá conceder, si hubiere acuerdo unánime, un nuevo llamamiento al opositor que justifique no haber podido concurrir en el ordinario.

3. En el cuarto ejercicio, el Tribunal determinará la forma en que deba llevarse a cabo la impugnación de los proyectos de dictamen, y distribuirá para su estudio, entre sus miembros, los proyectos de dictamen en que el ejercicio consiste. Cualquier miembro del Tribunal podrá examinar, además, los que no le hubieran correspondido.

4. Para la práctica del quinto ejercicio, el Tribunal podrá, por mediación del Presidente del Consejo, requerir el asesoramiento de un funcionario del Servicio de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores.

5. Al concluir cada sesión se publicará la relación de los opositores aprobados y excluidos y se convocará a los que deban actuar en la próxima.

Se corrigen erratas en el apartado 1 por el art. 3 del Real Decreto 449/2005, de 22 de abril. Ref. BOE-A-2005-6659.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-04-27.

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Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2005-6659.

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