Artículo 53. Concesiones para riego.
Artículo 53 del Real Decreto 129/2014, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Ebro. · BOE-A-2014-2223
Atención: Real Decreto 129/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En las solicitudes de concesión para riego, de conformidad con el artículo 106.2.b) del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, se acompañará un análisis y propuesta de buenas prácticas agrarias para limitar la contaminación difusa y exportación de sales, especialmente en las zonas declaradas vulnerables, en línea con lo que se contemple en los programas de actuación en zonas vulnerables de las administraciones competentes.