Artículo 53. Estructuras de organización y gestión.
Artículo 53 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía. · BOE-A-2017-657
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-18.
Texto consolidado
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía podrá establecer la organización, los instrumentos y las herramientas de coordinación, supervisión y gestión, admitidos en derecho, que estime adecuados para que el Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía pueda satisfacer los derechos de la ciudadanía, cumplir sus fines y alcanzar los objetivos definidos en la presente ley, bajo los principios de eficacia, calidad, eficiencia, transparencia y buen gobierno.