Artículo 53. Disolución de los Consejos Locales de la Juventud.
Artículo 53 de la Ley 6/2019, de 29 de marzo, de Participación y Promoción Juvenil. · BOE-A-2019-7840
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-06-01.
Texto consolidado
Los Consejos Locales de la Juventud se disolverán por acuerdo de la Comisión Permanente, refrendado por acuerdo de dos tercios de los miembros totales de la Asamblea General, convocada a tal efecto.