Artículo 53. Financiación vinculada a objetivos.
Artículo 53 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón. · BOE-A-2005-14406
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-25.
Texto consolidado
La financiación condicionada vinculada a la consecución de objetivos se realizará mediante contratos-programa. Los contratos-programa perseguirán la mejora de la calidad en la docencia, la investigación y la gestión.