Artículo 53. Separación estructural de actividades y sistema de contabilidad analítica.
Artículo 53 de la Ley 1/2025, de 14 de marzo, de servicios de los medios públicos de comunicación audiovisual de Galicia para la sociedad digital. · BOE-A-2025-6193
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-04-07.
Texto consolidado
1. La Corporación de Servicios Audiovisuales de Galicia procederá progresivamente a la separación estructural de sus actividades para garantizar los precios de transferencia y el respeto de las condiciones de mercado, de conformidad con la Ley 4/2007, de 3 de abril, de transparencia de las relaciones financieras entre las administraciones públicas y las empresas públicas, y de transparencia financiera de determinadas empresas.
2. Al fin de cuantificar el coste neto del servicio público, la Corporación de Servicios Audiovisuales de Galicia dispondrá de separación de cuentas por actividades y contará con un sistema de contabilidad analítica que separe la imputación de ingresos y costes de la actividad de servicio público de los contenidos comerciales y de las restantes actividades.
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