Artículo 53. Los espacios deportivos para el deporte en el medio urbano.
Artículo 53 de la Ley 1/2019, de 30 de enero, de la Actividad Física y el Deporte de Canarias. · BOE-A-2019-2713
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-08.
Texto consolidado
Las administraciones públicas canarias promoverán las condiciones favorables para la práctica deportiva libre y espontánea en el medio urbano, desarrollando los reglamentos de usos y disfrute de estos y habilitando, dentro de sus disponibilidades presupuestarias, espacios, accesibilidad y fórmulas de uso en condiciones óptimas y seguras para ello.