Artículo 53. La actividad deportiva extraescolar en los centros docentes.
Artículo 53 de la Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja. · BOE-A-2015-4028
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-26.
Texto consolidado
1. Las asociaciones de padres y madres de alumnos, por propia iniciativa o en colaboración con las entidades deportivas riojanas, incentivarán la organización de actividades y competiciones deportivas dentro de su ámbito de actuación, pudiendo percibir las ayudas materiales y económicas que, en su caso, se establezcan, así como la colaboración del profesorado del centro.
2. El Gobierno de La Rioja distinguirá, en la forma que se establezca reglamentariamente, a los centros docentes que realicen proyectos deportivos que promuevan el ejercicio físico y el deporte tanto dentro como fuera del horario lectivo.