Artículo 52. Costes de administración del fondo.
Artículo 52 del Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios. · BOE-A-2005-6970
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-05-25.
Texto consolidado
Los costes de administración del fondo incluyen, al menos, los siguientes:
a) Los que ocasione al gestor la supervisión del coste neto.
b) Los administrativos.
c) Los derivados de la gestión de las contribuciones.
Dichos costes serán objeto de reparto entre los operadores obligados con los mismos criterios que el coste neto del servicio universal, formando parte de sus correspondientes aportaciones al fondo.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-9012.
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