Artículo 52. La Junta Directiva de la Demarcación.
Artículo 52 del Real Decreto 418/2006, de 7 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación. · BOE-A-2006-7681
Atención: Real Decreto 418/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Junta Directiva de la Demarcación es el órgano ejecutivo, de dirección y administración de la Demarcación territorial, dentro de su competencia.
2. Está compuesta por el Decano territorial, Vicedecano territorial, Secretario General territorial, Tesorero y el número de vocales que determine el Reglamento de la Demarcación territorial. La propia Junta Directiva de la Demarcación asignará a sus miembros los cometidos de los Delegados de actividades territoriales. Su Secretario es el Secretario de la Demarcación territorial.
3. Las sesiones ordinarias tendrán la periodicidad que establezca el Reglamento particular. Las extraordinarias se convocarán a iniciativa del Decano territorial o del número de vocales que se fije en aquél. Para que queden constituidas, es necesaria la presencia de la mitad de sus miembros. Se enviara copia de los acuerdos a la Junta de Gobierno, en el plazo que se determine en el Reglamento general de régimen interior.
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