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Ley Orgánica Vigente

Artículo 52. Consejo de la Guardia Civil.

Artículo 52 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil. · BOE-A-2007-18391

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-11-12.

Texto consolidado

Bajo la presidencia del Ministro del Interior, o persona en quien delegue, se crea el Consejo de la Guardia Civil como órgano colegiado en el que participarán representantes de los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil y de los Ministerios del Interior y de Defensa, con el fin de mejorar las condiciones profesionales de su integrantes, así como el funcionamiento del Instituto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-11-12.

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