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Ley Orgánica Vigente

Artículo 51. Suspensión y disolución.

Artículo 51 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil. · BOE-A-2007-18391

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-11-12.

Texto consolidado

La suspensión o disolución de las asociaciones profesionales de Guardias Civiles quedará sometida al régimen legal establecido para el derecho de asociación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-11-12.

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