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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 52.

Artículo 52 de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-1994-1915

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-05.

Texto consolidado

1. La prevención y lucha contra las plagas y enfermedades forestales corresponde a la Administración forestal.

2. Los titulares de terrenos forestales que estén afectados por plagas o enfermedades están obligados a notificarlo a la administración forestal utilizando medios fehacientes.

Asimismo, los entes locales con incidencia de plagas y enfermedades forestales en su término municipal estarán obligados a notificarlo a la administración forestal utilizando medios fehacientes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-06-05.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-8948.

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