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Ley Vigente

Artículo 52. Formación y enseñanza deportiva.

Artículo 52 de la Ley 2/2011, de 22 de marzo, del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-6874

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-25.

Texto consolidado

1. La formación y la enseñanza deportiva que se lleven a cabo, total o parcialmente, en la Comunitat Valenciana, cuando se refieran a una o varias modalidades deportivas oficialmente reconocidas, deberán contar con la autorización del órgano competente en materia deportiva y quedar inscritas en el Registro de Formaciones Deportivas de la Comunitat Valenciana.

2. Cuando estas formaciones conduzcan a una titulación académica oficial, la autorización corresponderá a la Consellería competente en materia educativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-03-25.

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