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Ley Vigente

Artículo 52. Proyección nacional e internacional del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Artículo 52 de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura. · BOE-A-2010-19047

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-20.

Texto consolidado

La Junta de Extremadura incentivará la proyección nacional e internacional del SECTI a través, entre otras, de las siguientes medidas:

a) Fomentando el intercambio científico y del personal investigador.

b) Apoyando la cooperación científica recíproca entre agentes del SECTI y empresas extremeñas, nacionales y extranjeras, suscribiendo acuerdos de cooperación científica y tecnológica con organismos, centros e instituciones internacionales, preferentemente en los sectores estratégicos.

c) Facilitando la localización en la Comunidad Autónoma de Extremadura de proyectos empresariales dentro de los espacios tecnológicos y del conocimiento.

d) Fidelizando las empresas con actividades en I+D+i, implantadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

e) Expandiendo y difundiendo internacionalmente las redes del conocimiento extremeño.

f) Reconociendo la cooperación internacional como instrumento de mejora de la calidad y la excelencia en I+D+i.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-11-20.

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