Artículo 51. Reglamento general.
Artículo 51 del Real Decreto 337/1999, de 26 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros de Montes. · BOE-A-1999-5642
Atención: Real Decreto 337/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Colegio podrá elaborar su Reglamento general. Este Reglamento será elaborado por la Junta de Gobierno, aprobado por la Junta de Decanos Territoriales o Autonómicos y ratificado por la Junta General. No podrá contener preceptos que contraríen los de estos Estatutos.