Artículo 51. Acreditación del régimen fiscal de la Zona Especial Canaria.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-17.
Texto consolidado
Las entidades de la Zona Especial Canaria podrán solicitar a la Oficina de Gestión del Registro Oficial de Entidades de la Zona Especial Canaria la emisión de los correspondientes certificados de hallarse inscritas en el mismo cuando así sean requeridas por las autoridades competentes para la inspección de los tributos.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 1758/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, en las materias referentes a los incentivos fiscales en la imposición indirecta, la reserva para inversiones en Canarias y la Zona Especial Canaria.