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Ley Vigente

Artículo 51. Obligaciones respecto a sus bienes.

Artículo 51 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía. · BOE-A-1999-21488

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-11-26.

Texto consolidado

1. Las entidades locales tienen la obligación de conservar, proteger y mejorar sus bienes.

2. Las actuaciones de conservación, mantenimiento, custodia y mejora que correspondan a las entidades locales respecto de los bienes integrantes del patrimonio histórico de Andalucía deberán sujetarse a lo previsto en su normativa específica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-11-26.

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