Artículo 51. Actividades turísticas complementarias.
Artículo 51 de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias. · BOE-A-1995-12102
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-11-11.
Texto consolidado
(Suprimido).
Se suprime por el art. 15.4 de la Ley 9/2014, de 6 de noviembre. Ref. BOE-A-2014-11996.#a20.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias, administrativas y sociales de Canarias..