Artículo 51. Fin y funciones.
Artículo 51 de la Ley 6/2007, de 4 de abril, de Juventud de la Región de Murcia. · BOE-A-2008-12528
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-06-22.
Texto consolidado
El fin esencial y las funciones de los Consejos Locales de Juventud son, en el ámbito municipal, las que se enumeran en los artículos 46 y 47, respectivamente, de la presente Ley.