Artículo 51. Introducción de nuevas incompatibilidades para los auditores de cuentas y de medidas para su rotación.
Artículo 51 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero. · BOE-A-2002-22807
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-07-03.
Texto consolidado
(Derogado)
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas..