Artículo 51. Competencia.
Artículo 51 de la Ley 2/2005, de 27 de mayo, de Ordenación del sector vitivinícola de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2005-11040
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-03.
Texto consolidado
1. La consellería competente en materia de agricultura y alimentación velará por el cumplimiento de la legislación en materia vitivinícola así como por la legítima protección de los intereses de los consumidores y productores vitivinícolas efectuando controles administrativos y sobre el terreno, ejerciendo vigilancia sobre los viñedos, viveros y productos del sector vinícola que se elaboren se transporten o comercialicen en la Comunidad Valenciana.
2. Corresponde a la consellería competente en materia de agricultura y alimentación el control del cumplimiento de la legislación vitivinícola comunitaria, así como de la nacional y autonómica que sea adoptada en su desarrollo para su aplicación, ejerciéndose por los órganos administrativos que tenga atribuida reglamentariamente tal función.