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Ley Vigente

Artículo 51. Competencia.

Artículo 51 de la Ley 2/2005, de 27 de mayo, de Ordenación del sector vitivinícola de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2005-11040

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-03.

Texto consolidado

1. La consellería competente en materia de agricultura y alimentación velará por el cumplimiento de la legislación en materia vitivinícola así como por la legítima protección de los intereses de los consumidores y productores vitivinícolas efectuando controles administrativos y sobre el terreno, ejerciendo vigilancia sobre los viñedos, viveros y productos del sector vinícola que se elaboren se transporten o comercialicen en la Comunidad Valenciana.

2. Corresponde a la consellería competente en materia de agricultura y alimentación el control del cumplimiento de la legislación vitivinícola comunitaria, así como de la nacional y autonómica que sea adoptada en su desarrollo para su aplicación, ejerciéndose por los órganos administrativos que tenga atribuida reglamentariamente tal función.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-06-03.

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