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Ley Vigente

Artículo 51. Calendario, expediciones y horarios.

Artículo 51 de la Ley 12/2018, de 23 de noviembre, de Transportes y Movilidad Sostenible. · BOE-A-2019-465

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-24.

Texto consolidado

1. El contratista estará obligado a prestar el servicio de acuerdo con el calendario, las expediciones y los horarios señalados en el plan de explotación anexo al contrato.

2. En el contrato se determinará el régimen aplicable a las modificaciones del calendario, número de expediciones y horarios, que darán lugar a la modificación del plan de explotación anexo en la medida en que se hubiese visto afectado.

En todo caso, para el incremento de expediciones y la modificación de horarios bastará con comunicarlos con una antelación no inferior a siete días a los usuarios y a los concejos por los que discurran las expediciones modificadas, así como al órgano de contratación, el cual podrá prohibirlos en cualquier momento por razones de interés general o coordinación con otros transportes. No será necesaria esta comunicación cuando se trate de aumentos coyunturales de expediciones para atender puntas de demanda.

Para la reducción de expediciones y la modificación del calendario será necesario aportar una memoria justificativa en la que se acrediten los beneficios para el interés general o las razones de equilibrio económico concesional alegados. Para aplicar estas modificaciones será necesaria una autorización expresa del órgano de contratación en la que se expresará su fundamentación, fecha de aplicación y repercusión en cualesquiera otros aspectos del contrato.

3. El contratista estará obligado a facilitar periódicamente al órgano de contratación todos los datos relevantes relativos a la explotación del servicio, así como cualquier otro que le sea solicitado puntualmente de forma individualizada por los servicios de inspección.

4. El calendario, las expediciones y los horarios establecidos serán publicados en un formato unificado fijado por el Consorcio de Transportes de Asturias debiendo estar a disposición de los usuarios mediante su exposición pública en paneles en las distintas estaciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-12-24.

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