El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 51. Prescripción de las infracciones.

Artículo 51 de la Ley 11/2001, de 15 de junio, de Ordenación de la Actividad Comercial en las Illes Balears. · BOE-A-2001-13277

Atención: Ley 11/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las infracciones reguladas en esta Ley prescriben:

A los tres años, las calificadas de muy graves; a los dos años, las calificadas de graves, y a los seis meses, las calificadas de leves.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-06-29.

Más artículos de Ley 11/2001

En El Vínculo puedes leer Ley 11/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.