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Ley Vigente

Artículo 50. Régimen de la Seguridad Social.

Artículo 50 de la Ley 8/2007, de 13 de junio, de Policía de Galicia. · BOE-A-2007-13827

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-12.

Texto consolidado

Los funcionarios de la Policía de Galicia estarán acogidos al régimen general de la Seguridad Social, sin perjuicio de otros regímenes que les sean de aplicación y que se regirán por su normativa específica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-07-12.

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