Artículo 50. Costes financieros en la modalidad de aplicación de una tarifa de utilización del agua.
Artículo 50 del Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña. · DOGC-f-2003-90016
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-11-22.
Texto consolidado
En la modalidad de aplicación de una tarifa de utilización del agua el importe aplicable de acuerdo con los porcentajes determinados por el artículo 48 tiene que incrementarse con los costes financieros de las operaciones crediticias que la Administración o sus entidades tengan que efectuar, en función de las anualidades de aplicación de la tarifa que sean acordadas.