Artículo 50. El Consello de la Xunta de Galicia.
Artículo 50 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial. · DOG-g-2015-90508
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-01.
Texto consolidado
1. El Consello de la Xunta de Galicia es el órgano superior de planificación y ejecución de la política industrial de la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. Corresponde al Consello de la Xunta de Galicia:
a) Aprobar las disposiciones de carácter general en materia de planificación y de ejecución de la política industrial de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Aprobar los planes directores de los distintos sectores industriales de Galicia.
c) Aprobar la declaración de los proyectos industriales estratégicos y autorizar su implantación.
d) Establecer líneas de cooperación en materia de planificación y de ejecución de la política industrial con las demás administraciones públicas.
e) Las demás funciones que le otorgue la legislación vigente.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-2777.
Más artículos de Decreto Legislativo 1/2015
- ← Artículo 49. Principios generales.
- → Artículo 51. La consellería competente en materia de industria.
- Ver la norma completa: Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial.