Artículo 50. Incompatibilidad de los incentivos fiscales.
Artículo 50 del Decreto Foral Legislativo 2/2023, de 24 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones del régimen tributario especial de las fundaciones y otras entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. · BOE-A-2023-16401
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-06-14.
Texto consolidado
1. Los incentivos fiscales regulados en este título para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades no serán de aplicación, salvo disposición expresa, a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
2. Los incentivos fiscales establecidos en este título serán incompatibles entre sí.
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