Artículo 50.
Artículo 50 del Decreto 2427/1966, de 13 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del Decreto número 1120/1966, de 21 de abril, texto refundido de la Ley de Derechos Pasivos de los Funcionarios de la Administración Civil del Estado. · BOE-A-1966-14917
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1966-10-19.
Texto consolidado
Consignado el pago de la pensión en una Caja como consecuencia de expediente de traslado de consignación, no se podrá solicitar nueva traslación hasta que no se haya percibido una mensualidad por lo menos.