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Resolución Vigente

Artículo 5. Estructura organizativa.

Artículo 5 de la Resolución de 7 de julio de 2021, de la Secretaría General de Administración Digital, por la que se aprueba la Política de Seguridad de los servicios prestados por la Secretaría General de Administración Digital. · BOE-A-2021-12148

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-20.

Texto consolidado

1. La organización de la seguridad tendrá en cuenta la organización propia de la Secretaría General de Administración Digital y la de los órganos, organismos y entidades usuarios de sus servicios. En consecuencia, deberá garantizarse la actuación coordinada y eficaz, según lo establecido al respecto en el Esquema Nacional de Seguridad y en las orientaciones de la guía CCN-STIC 801 ‘Responsabilidades y funciones’.

2. Sin perjuicio de lo anterior, son órganos que intervienen en el desarrollo de la presente Política de Seguridad:

a) El Secretario General de Administración Digital.

b) El Grupo de trabajo de seguridad de los servicios prestados por la Secretaría General de Administración Digital.

c) El Responsable de Seguridad.

d) El Responsable del Sistema.

e) Los Responsables de la Información.

f) Los Responsables del Servicio.

g) Los Delegados de Protección de Datos

3. Los órganos u organismos sujetos a la presente Política de Seguridad deberán disponer de la estructura organizativa necesaria para cumplir adecuadamente con sus obligaciones en el ámbito de los servicios que presta la Secretaría General de Administración Digital.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-07-20.

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