El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 5. Ámbito de aplicación.

Artículo 5 del Real Decreto 851/1992, de 10 de julio, por el que se regulan determinadas pensiones extraordinarias causadas por actos de terrorismo. · BOE-A-1992-18325

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-08-02.

Texto consolidado

1. Se regirán por las normas del presente capítulo las pensiones extraordinarias por actos de terrorismo no vinculadas al acto de servicio ni a la condición de funcionario de la víctima, causadas, en su favor o en el de sus familiares, por quienes estén incluidos en el ámbito personal de cobertura del Régimen de Clases Pasivas del Estado o hayan sido declarados jubilados o retirados, cualquiera que sea la legislación reguladora aplicable del citado Régimen.

2. Asimismo, se regirán por las normas de este capítulo las pensiones extraordinarias causadas por quienes, por su anterior condición de funcionario, resulten inutilizados con lesiones permanentes invalidantes o fallezcan, como consecuencia de actos de terrorismo, estando ya jubilados o retirados al amparo del título I del vigente texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1992-08-02.

Más artículos de Real Decreto 851/1992

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 851/1992 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.