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Real Decreto Derogada

Artículo 5. Examen.

Artículo 5 del Real Decreto 812/2000, de 19 de mayo, por el que se establece la aplicación del procedimiento de concesión con examen previo para las solicitudes de patentes del sector de alimentación. · BOE-A-2000-10783

Atención: Real Decreto 812/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Una vez publicada la petición de examen en el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial», la Oficina Española de Patentes y Marcas examinará la patentabilidad de la invención, incluyendo la suficiencia de la descripción, la novedad y la actividad inventiva del objeto de la solicitud de patente. Cuando no se hubieren presentado oposiciones y del examen realizado no resulte la falta de ningún requisito que lo impida, la oficina concederá la patente solicitada.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-06-09.

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